Página Didáctica - INSTRUCTIVO Nª 2 SOBRE EVALUACIÓN DOCENTE
 

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 COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.

DIRECTORIO NACIONAL

 

Instructivo Nº 2

 

Accionar del Colegio de Profesores de Chile respecto de suspensión del proceso de Evaluación Docente

 

1.- En la primera Asamblea Nacional realizada por el nuevo Directorio Nacional del Colegio en el mes de enero del presente año, abordamos con toda amplitud la grave situación que afecta a gran parte de nuestros afiliados a raíz de la aplicación del actual sistema de evaluación. Esto, con el objetivo de superar las diferencias existentes y unir al Colegio en torno a una sola posición que nos permitiera lograr los cambios necesarios al proceso en orden a establecer nuevas condiciones materiales, legales y técnicas y su vinculación al desarrollo de la carrera profesional docente.

Dicha Asamblea Nacional resolvió, en definitiva, iniciar negociaciones con las autoridades del Ministerio y sobre la base de los logros obtenidos, adoptar un acuerdo en torno a la realización de la evaluación docente correspondiente al año 2008.

 

Los puntos tratados con el MINEDUC, fueron:

a) Otorgar tiempo necesario para realizar los portafolios

b) Presencia de un representante del gremio en las comisiones de evaluación comunal y/o ausencia del representante del empleador al momento de la rúbrica o calificación del docente evaluado.

c) Implementación del pleno derecho a la apelación y conocer los informes de terceros.

d) Revisión de los instrumentos para adecuarlos a cada especialidad docente.

e) Derogación del artículo 36º

f) Voluntariedad del proceso mientras se construye la carrera profesional

 

Lamentablemente, y pese a nuestra disposición de buscar puntos de entendimiento con el Mineduc, los resultados de estas tratativas tuvieron escasos resultados, por lo que el Directorio Nacional resolvió, debidamente facultado por la Asamblea Nacional, realizar una consulta y producto de su resultado el llamado a suspender el proceso de evaluación por este año, a lo menos mientras no se modificaran los puntos planteados.

 

2.- En consecuencia, reiteramos una vez más, que las decisiones adoptadas en torno a la evaluación docente son el resultado de resoluciones democráticamente adoptadas por los organismos institucionales del gremio, por lo que llamamos a todas las instancias de nuestra organización a asumir sus respectivas responsabilidades y adoptar todas las medidas necesarias para defender a nuestros asociados frente a las amenazas y eventuales represalias de que puedan ser objeto por el cumplimiento de estos acuerdos.

 

3.- En función de lo anterior, es fundamental la labor que implementen los directorios comunales quienes deben encabezar en cada municipio e implementar de manera concreta y de acuerdo con las condiciones específicas de su sector, las formas en que la suspensión de evaluación se llevará a cabo. En caso alguno se puede dejar a su suerte a los colegas que hagan efectiva la medida de suspender su evaluación. No se trata de un problema individual o de algunos pocos, es un tema que afecta a todo el gremio, a la dignidad de la profesión docente y que amenaza con extenderse a la educación particular subvencionada. Solo unidos, en torno a nuestros respectivos dirigentes, podremos alcanzar un cambio real a la situación que hoy nos afecta.

 

4.- Es indispensable, como tarea específica, que los Directorios Comunales conozcan al detalle la situación de sus afiliados en cuanto a la evaluación, en qué condición se encuentra cada uno, especialmente:

a) cuántos de ellos no se evaluarían por tercera vez,

b) cómo de efectuaron los planes de superación si los hubo,

c) cuántos recibieron el portafolio,

d) cuantos rechazaron el portafolio,

e) los casos de quienes se han eximido y

e) los que han debido presentar su renuncia anticipada para evitar evaluarse y cualquiera otra circunstancia al respecto.

 

Es fundamental hacer un catastro por comuna. La recepción del portafolio de evaluación y la firma del docente, no es más que una notificación y no implica compromiso alguno de su parte.

 

5.- Otro paso importantísimo es el iniciar conversaciones con las autoridades comunales, Directores de Educación, Concejales y Alcaldes, así como con todos los candidatos inscritos para las próximas elecciones a dichos cargos, de manera de dar a conocer de forma directa y clara nuestra posición frente a la evaluación, dadas las constantes tergiversaciones que hacen los medios de comunicación.

 

Lo anterior es de vital importancia, pues la directiva de la Asociación de  Municipalidades ha hecho un llamado a sus asociados, abiertamente ilegal y arbitrario, amenazando con sumarios y despidos directos, no obstante que el artículo 10 del Reglamento sobre Evaluación Docente y el penúltimo inciso del artículo 36 de la Ley 20.079, sólo se refieren a la posibilidad de terminar la relación laboral cuando se resulta evaluado como insatisfactorio por tercera vez. Es más ningún docente puede ver agravada su sanción más allá de lo que expresamente ha señalado el legislador para una conducta determinada, por lo que no se puede pretender aplicar la causal prevista en el artículo 72 letra c), esto es, incumplimiento grave de sus funciones, por negarse a la evaluación, ya que dicha situación se encuentra expresamente regulada con las medidas dispuestas por el penúltimo inciso del artículo 36,de la Ley 20.079.

 

6.- Otra medida básica es solicitar que las autoridades concedan la destinación de horas cronológicas destinada a labores no lectivas para el trabajo con el portafolio de nuestros asociados, ya que diversos estudios señalan que se necesitan, como mínimo, un total de 80 horas cronológicas para tales fines. Una de las formas más directas es que cada docente haga por escrito dicha petición a la dirección de su respectivo establecimiento. De no concederse esos tiempos, deben realizarse denuncias a los organismos fiscalizadores (Contraloría General de la República y Dirección del Trabajo, en su caso) y sin perjuicio de analizar la posibilidad de entablar acciones judiciales, ya que la imposición de la carga de trabajo que implica el portafolio y demás etapas de la evaluación conllevan una sobrecarga de trabajo no prevista en los respectivos nombramientos y contratos y obligan a ejecutar horas extras fuera de las jornadas normales.

 

Sin perjuicio de lo anterior, quienes hayan recibido su portafolio, podrán devolverlo en octubre, señalando en carta dirigida a su empleador que no les ha sido posible cumplir dicho cometido por fuerza mayor, al no disponer de las condiciones indispensables.

 

7.- Conjuntamente con lo anterior, debemos establecer mecanismos de defensa judicial, especialmente respecto de quienes corren mayores riesgos.

A nivel nacional, encargaremos a la Comisión de Abogados encabezada por don Juan Guzmán, el estudio de la inconstitucionalidad e ilegalidad del Reglamento de Evaluación y los posibles recursos que puedan impetrarse.

 

8.- Se distribuirá una carta compromiso para solicitar a los alcaldes las horas necesarias para la confección del portafolio de evaluación y otra carta tipo para lograr un compromiso de los alcaldes de que considerarán las medidas que estamos proponiendo.

 

9.- Finalmente solicitamos a todos los Directorios Regionales y Comunales que tengan a bien tener oportunamente informado a este Directorio Nacional de la aplicación de las medidas de suspensión y demás situaciones relacionadas con esta materia.

 

10.- Se orientar dar a conocer y difundir cartillas explicativas del departamento jurídico para mejor conocer la normativa que rige el sistema de Evaluación Docente.

 

Colegio de Profesores de Chile A. G.

Directorio Nacional

 

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